Nuevo esquema para Plataformas Tecnológicas


 

El nuevo esquema de Plataformas Tecnológicas entro en vigor el pasado 01 de junio de 2020. Dichas plataformas tecnológicas nacionales o extranjeras, así como las personas físicas con actividad empresarial que enajenan bienes, prestan servicios o concedan hospedaje a través de internet mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, deben cumplir con obligaciones en materia de ISR e IVA.

 

Obligaciones de Personas Físicas

 

Las personas físicas que realicen actividades empresariales por enajenación de bienes o prestación de servicios a través de plataformas digitales, están obligadas a lo siguiente:

  • Inscribirse al RFC y/o actualizar sus obligaciones fiscales.
  • Declaración de pago de ISR e IVA.
  • Declaración de entero de retenciones de IVA.
  • Declaración de pago de IVA de personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento en México.
  • Declaración informativa en caso de proporcionar servicios digitales de intermediación (plataformas digitales), entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

 

 

Obligaciones de retenedores

 

Las personas morales residentes en México o residentes en el extranjero con o sin establecimiento permanente en el país, tienen las siguientes obligaciones:

  • Inscribirse al RFC y/o actualizar sus obligaciones fiscales.
  • Emitir y enviar vía electrónica a los usuarios que así lo soliciten, los archivos electrónicos en formato “PDF” que contengan los comprobantes fiscales correspondientes.
  • Los contribuyentes con o sin establecimiento permanente en México, que presten servicios digitales de intermediación deben expedir a cada persona física a la que le hubieran efectuado la retención de ISR e IVA, una factura de retenciones e información de pagos en la que conste el monto del pago y los impuestos retenidos.
  • Declaración de entero de retenciones Residentes en México o en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
  • Declaración de entero de retenciones residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
  • Declaración de pago de IVA de personas morales residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
  • Declaración informativa en caso de proporcionar servicios digitales de intermediación (plataformas digitales), entre terceros que sean oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos.

 

 

Minisitio Plataformas Tecnológicas

 

En días pasados el Servicio de Administración Tributaria [SAT] dio a conocer en su portal el Minisitio Plataformas Tecnológicas que tiene por objetivo facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que obtienen Ingresos por estos conceptos.

Este minisitio está integrado por un apartado específico para las plataformas tecnológicas y otro para las personas físicas con actividades empresariales, con el fin de que conozcan sus obligaciones en materia de inscripción y actualización al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), emisión de comprobantes fiscales, declaraciones de pago, declaraciones informativas, así como una sección con material de apoyo diverso relacionado con este tema.

 

C.P. y M.I. Angel Morales