Aviso de socios residentes en el extranjero


En los últimos días se ha generado confusión respecto de la siguiente interrogante; ¿La presentación del aviso a que hace referencia el apartado B fracción VI del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación [CFF], es decir, el aviso de cambio de socios o accionistas sustituye a la Forma Oficial 96 relativa a relación de socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero de personas morales residentes en México que optan por no inscribirse en el RFC?. La respuesta NO, se trata de avisos completamente diferentes e incluso de obligaciones distintas al RFC.

 

El aviso de cambio de socios o accionistas derivo de una reforma reciente [diciembre del 2019], mientras que el aviso a que refiere la Forma Oficial 96 tiene ya varios años de existencia. Para mas información del aviso de cambio de socios o accionistas sugerimos visite nuestro blog: http://samocg.com/aviso-de-actualizacion-de-socios-y-accionistas/. En este caso hablaremos un poco mas respecto del aviso de socios residentes en el extranjero.

 

El fundamento para la presentación de este aviso se encuentra en el apartado A último párrafo del artículo 27 del CFF que indica lo siguiente:

[quote style=”style-1″]No son sujetos obligados en términos del presente artículo, los socios o accionistas residentes en el extranjero de personas morales residentes en México, así como los asociados residentes en el extranjero de asociaciones en participación, siempre que la persona moral o el asociante, residentes en México, presente ante las autoridades fiscales dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio, una relación de los socios, accionistas o asociados, residentes en el extranjero, en la que se indique su domicilio, residencia fiscal y número de identificación fiscal.[/quote]

Como se puede apreciar en este caso también la obligación es de la persona moral residente en México siempre que el socio o accionista extranjero opte por no inscribirse al RFC.

 

El trámite deberá presentarse a través de la pagina del SAT descargando y completando la Forma Oficial 96 “Relación de Socios, Accionistas o Asociados Residentes en el Extranjero”, de personas morales residentes en México, que optan por no inscribirse en el RFC.

 

Características del trámite:

  • Se presenta dentro de los tres primeros meses inmediatos siguientes al cierre de cada ejercicio.
  • El único requisito es adjuntar la Forma Oficial 96 con los datos requeridos.
  • Derivado de su presentación el SAT no llevará a cabo inspección o verificación alguna para emitir la resolución del trámite.
  • Al finalizar el tramite se obtiene acuse de recibo.

 

Es importante tener claro que el envío de esta relación de socios o accionistas es anual, por lo que habrá que tenerlo presente para ejercicios futuros y que no está relacionado con el nuevo aviso de modificación de socios.

 

C.P. y M.I. Angel Morales