Jornada laboral de 46 horas en 2027

Aunque la reducción gradual de la jornada laboral fue publicada desde mayo, el propio Decreto estableció el periodo comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026 para que empresas y trabajadores ajusten sus procesos.

El primer cambio efectivo llegará el 1 de enero de 2027, cuando la jornada máxima semanal disminuirá de 48 a 46 horas.


¿Qué cambia en 2027?

  • La jornada máxima será de 46 horas semanales.
  • La reducción no podrá implicar disminución de sueldos, salarios o prestaciones.
  • La jornada podrá distribuirse mediante acuerdo entre la empresa y las personas trabajadoras.
  • La duración máxima diaria continuará siendo de ocho horas para la jornada diurna, siete para la nocturna y siete horas y media para la mixta.
  • Se mantiene el derecho mínimo de un día de descanso por cada seis días trabajados; la reforma no establece automáticamente una semana de cinco días.
  • El límite ordinario continuará reduciéndose gradualmente hasta llegar a 40 horas en 2030.

El calendario es el siguiente:

Registro electrónico de la jornada

La reforma también incorpora la obligación de registrar electrónicamente el horario de inicio y terminación de la jornada de cada persona trabajadora.

La Secretaría del Trabajo deberá publicar las disposiciones que definan el alcance, las excepciones y los requisitos de este registro. Dichas disposiciones están previstas para entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2027.

Cuando resulte aplicable, el incumplimiento podrá sancionarse con una multa de 250 a 5,000 UMA.


Impacto práctico

Para los puestos que actualmente laboran 48 horas semanales, mantener el mismo sueldo por una jornada de 46 horas representa un incremento aproximado de 4.3% en el costo salarial por hora, incluso antes de considerar cualquier aumento salarial para 2027.

Si la empresa conserva los mismos horarios de operación, deberá evaluar si las dos horas excedentes serán cubiertas mediante:

  • Redistribución de horarios y turnos.
  • Mejoras de productividad.
  • Contratación de personal adicional.
  • Pago de tiempo extraordinario.
  • Modificación de días u horarios de atención.

Continuar operando regularmente con jornadas de 48 horas podría ocasionar que las horas excedentes deban tratarse como tiempo extraordinario, con el correspondiente impacto en nómina y riesgo laboral.

Los sectores con horarios extendidos pueden enfrentar un efecto mayor por la necesidad de mantener cobertura continua.


Acciones sugeridas

Antes de preparar el presupuesto de 2027 recomendamos:

  • Identificar puestos y trabajadores que actualmente laboran más de 46 horas semanales.
  • Revisar horarios por sucursal, turno, departamento o centro de trabajo.
  • Cuantificar escenarios de redistribución, contratación y tiempo extraordinario.
  • Incorporar el efecto en el presupuesto de nómina y costo por hora.
  • Verificar si los sistemas de asistencia podrán generar el registro electrónico requerido.
  • Revisar contratos laborales, reglamentos internos y políticas de horarios.
  • Evaluar el posible incremento en el costo de servicios especializados y proveedores intensivos en mano de obra.
  • Definir indicadores de productividad que permitan compensar parcialmente la reducción de horas disponibles.

La implementación gradual brinda tiempo para prepararse, pero el primer efecto comenzará en pocos meses. Anticipar los cambios permitirá evitar incrementos desordenados en horas extras, contrataciones urgentes y afectaciones en la operación.

En SAMO Consulting Group podemos apoyarles a calcular el impacto en nómina, preparar escenarios de horarios y personal, y considerar estos efectos en el presupuesto de 2027.