Conforme a los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas publicado a finales del mes de mayo en el Diario Oficial de la Federación [DOF] se consideran micro y pequeñas las unidades económicas que cuenten con hasta 50 personas trabajadoras. Incluidas las del sector comercio, industria o servicios. La lista de comprobación de medidas dada a conocer por las autoridades facilita a todos los centros de trabajo la identificación de las